La mejor protección para la libertad
de prensa es el ejercicio de un periodismo responsable, sobre
todo en un momento en que la prensa nacional le exige a todas las
instancias establecer códigos de ética para proteger los dineros
públicos, así como atender bien a los
usuarios.
Para actuar en forma
consecuente la Asamblea General del Colegio de Periodistas aprobó el
19 de junio un nuevo Código de ética para que los y las
comunicadores actúen con respeto entre ellos y con la
sociedad.
El
documento plantea, entre otras cosas, que el primer deber de
los y las periodistas profesionales es con la sociedad
costarricense, por ello deberán de ser honestos, justos y valientes
al recopilar, reportar e interpretar la
información.
Agrega que en sus
actuaciones deben prevalecer los intereses de nuestra sociedad,
promoviendo la libertad de expresión, el ejercicio de la libertad de
prensa y el derecho a la información para que el público reciba con
objetividad, y lejos de cualquier tipo de distorsión, un exacto
desarrollo de los hechos y actos a informar.
Para cumplir con ello
los periodistas deben estar capacitados (as) académica y
profesionalmente, señalando el contexto adecuado en que se
desarrollan los acontecimientos, y así procurar que los procesos y
situaciones sean comprendidos de manera integral y en forma
objetiva.
Se
indica que los y las periodistas deben ser responsables de los
escritos, palabras, material gráfico, vídeos y formas de expresión
que utilicen para informar, por lo que deben actuar con integridad
en el desempeño de su profesión, debiendo de abstenerse de toda
actuación deshonesta, que pueda afectar su prestigio, el de la
profesión, el del cuerpo colegiado al que pertenecen, y el del medio
de comunicación al que presten sus servicios.
Por ello, el y la
periodista, tienen la obligación de abstenerse de trabajar en contra
de sus convicciones, o de revelar sus fuentes informativas. Bajo
ningún supuesto el y la periodista puede aceptar cualquier forma de
remuneración ilícita, ni promover intereses contrarios al bien
común. Deben respetar la propiedad intelectual y evitar, por lo
tanto, la práctica del plagio.
En
cuanto al secreto profesional, el nuevo Código señala que estos
profesionales tienen el derecho de invocarlo sobre el origen de la
información, cuando lo consideren necesario. La invocación de este
derecho es obligatoria cuando sea necesario preservar la información
o cuando el profesional se comprometa ante su fuente a no
revelarla.
Otro aspecto
fundamental es el cuidado en la protección de los derechos de las
niñas y los niños, así como respetar la vida privada, el honor, la
buena reputación, la imagen y la intimidad familiar de los
ciudadanos.
Sin embargo, si se
tratare de personas que por sus funciones, cargos, comportamientos o
actividades son calificados como personajes con una activa vida
pública, las y los periodistas deberán valorar si la información es
o no de interés público y / o se lleva a cabo en un lugar público.
Las y los periodistas deberán tomar en cuenta si la publicación es
de interés general y actuar de acuerdo con ese principio.
Para asegurar el
profesionalismo las y los periodistas deben, en el tratamiento de la
información, evitar el uso de frases fuera de contexto, material
gráfico alterado o fuentes informativas fuera de toda credibilidad.
Las y los
profesionales en periodismo siempre deben orientar su labor con
vocación de servicio público. Jamás deberán utilizar su condición de
comunicadores (as) para sacar provecho en beneficio propio, el de
sus parientes o amistades, o para amedrentar a sus enemistades o
grupos adversos. En esa función de servicio tienen la obligación de
permitir el acceso del público a la información y a la participación
del ciudadano en los medios, lo que incluye la obligación de
corregir o rectificar y facilitar el derecho de respuesta a sus
informaciones.
Las y los periodistas
deben conducirse de manera respetuosa en la obtención de las
informaciones y con respeto al dolor o a la vergüenza ajena, sobre
todo cuando se trate de hacer tomas de vídeo, fotografías o
entrevistas, en momentos de tragedia o dolor
humano.
Además, en sus
informaciones, no deben crear estereotipos por raza, género, edad,
religión, condición social o económica, o impedimento físico, que
generen el beneficio, odio o burla social.
Es
deber de todo Periodista informar con objetividad, por ello es su
obligación distinguir de manera clara e inequívoca entre las
noticias propiamente dichas y la publicidad. Cuando una publicidad
está disfrazada de noticia informativa y no lleva la distinción
sugerida, las y los periodistas incumplen con este mandato y son
responsables directos del engaño a la ciudadanía.
Debemos promover un
periodismo cada vez más libre, pero también más responsable. Es por
eso que instamos a las redacciones de los medios informativos acoger
este Código de Ética como una orientación para un trabajo cada vez
más profesional y comprometido con la sociedad y, en especial, con
sus lectores, televidentes, internautas y
radioescuchas.
Raúl Silesky
Jiménez
Presidente
Colegio de Periodistas de
Costa Rica
rsilesky@colper.or.cr
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